viernes, 23 de septiembre de 2011

¿Derecho o dogma notarial?

En el número 147, correspondiente al mes de junio anterior, de la revista "El Mundo del Abogado", se publicaron sendas opiniones sobre el notariado; una, denominada "Rentismo notarial: un impuesto a la formalidad", es del sr. Alejandro F. Noriega, quien aborda la función notarial desde el punto de vista económico-social, afirmando que es ineficiente, caro e insuficiente, y en consecuencia constituye un obstáculo al desarrollo económico nacional, coincidiendo plenamente con la tesis del Banco Mundial, la cual es producto de sus investigaciones en estadística económica y del mercado de servicios fedatarios, siendo de destacar: "Los notarios habitan el limbo jurídico, pues ni son agentes económicos ni funcionarios públicos, por lo que no están sujetos a regulación externa alguna; arbitrariamente mantienen bajo el número de notarios, para asegurar que la demanda sea siempre mayor a la oferta y así vender caro sus servicios, lo que excluye a los pobres, condenándolos a la informalidad jurídica y vuelve la "seguridad jurídica" en artículo exclusivo para ricos, y violan la ley al no prestar personalmente sus servicios, lo que es físicamente imposible por el gran número de negocios que desahogan simultáneamente".

La otra opinión, denominada "¿Para qué necesitamos a los notarios públicos?", es del Notario Víctor Humberto Benítez González, quien expone sus razones por las que la existencia y función notarial es necesaria, tal como lo enuncia el título de su opinión, la que, para empezar, parte de una situación no probada, como lo es el hecho de que "necesitamos" a los notarios públicos; y por el mismo tenor, expone como razones que fundamentan su afirmación inicial (formulada como pregunta): "... si los notarios no dieran certidumbre jurídica y gozaran de credibilidad entre la población, ¿por qué los políticos recurrirían a ellos para que dieran fe de sus compromisos?; porque tradicionalmente ha sido una institución que ha fomentado la legalidad y es fundamental para el establecimiento del Estado de Derecho; se brinda seguridad jurídica y se garantiza una adecuada actuación en el ámbito mercantil; desempeña una función interesante al regularizar la posesión y la tenencia de la tierra, al asesorar en materia testamentaria o en la protocolización de actos agrarios; peritos con la preparación y herramientas necesarias para orientar en su actuación a los clientes; Duplicar o triplicar el número de notarías no modificaría los costos (parafraseando: con notario topamos ¡hasta aquí llegó la ley de la oferta y la demanda! y su pretendida validez absoluta); El argumento económico del costo no es la razón por la que algunas personas no acuden al notario ..... Equivaldría a decir que el grueso de la población no acude a los médicos particulares porque sus servicios son muy caros; si se pagan seis pesos, cinco son por concepto de contribuciones y el peso restante es el honorario del notario; y los corredores públicos sólo tienen intervención en actividades mercantiles y poseen facultades para realizar avalúos."

Posteriormente, en el número 149 de "El Mundo del Abogado", correspondiente al mes de septiembre en curso, se publica la opinión del catedrático Rafael Ruiz Mena, titulada "¿De verdad queremos desaparecer a los notarios?", la que, para empezar, parte de un supuesto falso, pues los opinantes mencionados jamás trataron la "desaparición de los notarios", y continúa: "... virulentos ataques a la función notarial, argumentando ... que constituyen un monopolio cuyos servicios sólo pueden costear las clases adineradas, e incluso representan un obstáculo para el desarrollo del país; no termino de entender a quienes pretenden desprestigiar y restar valor a una de las instituciones jurídicas que mejor funcionan en nuestro país; uno de los poquísimos gremios de abogados que escapan de estas consideraciones generales (desconfianza de la población), es precisamente el de los notarios; sí, la gente confía en los notarios; ¿por qué habría un notario, que goza de prestigio profesional, que técnicamente está bien preparado y que tiene su problema económico resuelto, prestarse a un acto de corrupción?, no hay razón y por eso no lo hacen; ¿por qué, insisto, dinamitar la figura y la función, alegando que son un monopolio y ganan muy bien?, francamente eso me parece mezquino; imagine el lector qué pasaría si el trabajo que ahora realizan los notarios de pronto pasara a manos de burócratas municipales y delegacionales de medio pelo ¿se imaginan?, no quiero ni imaginarlo; seguridad jurídica, sí, eso es lo que ofrece un notario, se trata de peritos con la preparación necesaria para asesorar y orientar su atención; en muchos casos existe la posibilidad de hacer las cosas violentando la ley, eso no sucede cuando hay un notario de por medio; no es destruyendo una institución como lograremos avanzar; espero que la crítica de Alejandro Noriega (el primer opinante) no sea consecuencia de ser un abogado que infructuosamente intentó ser notario y no lo logró y que, por ese hecho, se convierte en uno de los peores enemigos de los notarios".

OBSERVACIONES. Analizadas las tres opiniones reseñadas, llego a la conclusión de que, al Notario Víctor Humberto Benítez González, le es aplicable puntualmente la crítica inicial vertida por el señor Alejandro F. Noriega: "... Los notarios parecían más versados en refranes que en buenos argumentos. Al son de dichos y ocurrencias ("Notaría abierta, juzgado cerrado"), abogados necios defendían posiciones aún más necias". Ello es así porque, no obstante que el notariado pretende la existencia del "Derecho Notarial" como una ciencia o rama especial del Derecho, no suelen sustentar sus opiniones en la "cientificidad" de su oficio, no justifican racionalmente el por qué de sus dichos, como si fuesen dogmas religiosos que como tales están exentas de comprobación, omisión de suyo lógica, pues tal pretensión no es más que un sofisma, ya que para considerar un conjunto de conocimientos como ciencia, debe contar con un objeto propio de estudio, un método de investigación específico y principios generales cuya aplicación asegure la coherencia y congruencia entre sus postulados, y sus hipótesis deben ser comprobables y repetibles, de lo cual carece el "Derecho Notarial", razón por la cual los notarios se defienden con dichos y ocurrencias carentes de sustento en la realidad jurídica, social y económica.

A su vez, la crítica formulada por el catedrático Rafael Ruiz Mena a la opinión del señor Alejandro F. Noriega (a quien trata de descalificar como persona), aunque difuminada a lo largo de su exposición, en cuanto a que tal opinión no es más que la investigación efectuada por la Comisión de Competencia Económica, la estimo procedente, aunque sin demérito de la opinión del señor Noriega, pues en ningún momento se atribuye la autoría de los datos que sustentan su opinión, de suyo válida y comprobable cuantas veces se repita el ejercicio estadístico, y al final cita a los autores y entidades consultadas.

Por último, la opinión que formula el catedrático Rafael Ruiz Mena, amén de repetir las ocurrencias del notario mencionado, tergiversa y exagera el sentido de la crítica del señor Alejandro F. Noriega, quien en ejercicio de su derecho ciudadano, expresó su opinión fundada sobre lo que en su concepto atenta contra la economía nacional, sin proponer ni la desaparición ni dinamitar la institución del notariado, como pretende hacernos creer el catedrático.

Por mi parte, coincido con el señor Alejandro F. Noriega en su crítica, y considero que la institución del notariado es de suyo valiosa y es factible mejorar su eficiencia y transformarla en un activo agente de promoción económica, pero para que esto sea posible, primero habrá que rescatarla de las manos de la "clase política" que la tiene secuestrada, en perjuicio del Derecho, de la economía nacional, del gremio de los abogados y la institución notarial misma.

En conclusión, cabe preguntar: ¿el llamado Derecho Notarial es una ciencia verdadera o un dogma?, pues al tratar la cuestión notarial como un ente de validez absoluta, inmutable e incuestionable, independiente de la realidad económica, cultural y política en que se desenvuelve, como lo hacen los notarios y sus defensores oficiosos, incurren en el error denunciado por Platón en su Diálogo de Minos, (según cita del Corredor Jesús Mael Cantú Frías): "La ley aspira a ser un hallazgo de lo real; por tanto, quien se equivoca en lo real, en lo lícito se equivoca".

Acapulco, Gro., 23 de septiembre de 2011.

Lic. Adrián García Fierro.

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