jueves, 30 de diciembre de 2010

COLEGIACIÓN O LIBERTAD

¿En verdad existe contradicción entre la colegiación obligatoria de los profesionistas y la libertad de ejercicio profesional, o solo es un sofisma para justificar la improvisación de servidores públicos? Si bien es verdad que el Artículo 5° Constitucional establece la libertad de trabajo, sin sujetarla, en el caso de los profesionistas a la colegiación obligatoria, también lo es que la agrupación de personas con características semejantes, es una necesidad natural avalada por la historia, como el medio idóneo para que los seres humanos obtengan en conjunto lo que no pueden obtener individualmente, por lo que el hombre es por naturaleza un ser social, por su incapacidad para satisfacer sólo todas sus necesidades. No obstante, la conveniencia de asociarse entre profesionistas del mismo ramo, no es aceptada por todos, pues hay quienes prefieren mantenerse al margen de las asociaciones gremiales, arguyendo: “más vale solo que mal acompañado”, “solo los borregos andan en rebaño”, “las águilas vuelan solas”, etc., defendiendo así su derecho a la libertad para ejercer su profesión como mejor les parezca, en la secrecía u obscuridad de lo privado (no olvidemos que según díceres, Simón Bolívar dijo: “Al amparo de la sombra solo prospera el crimen”) sin más límites que la ley, supuestamente. Pero, no hay sopa sin pelos. El pelo o pero en esta sopa, es que en cuanto tiene oportunidad, este aparente lobo estepario accede a algún cargo público, llevando a cuestas todos sus secretos, por lo que nadie sabe, ni sabrá jamás, su calidad profesional (grado de conocimiento, desempeño ético, eficiencia, sentido de responsabilidad, etc.), ni su condición personal (si es o no solidario, origen y condición familiar, situación patrimonial, situación fiscal, antecedentes penales si los tiene, etc.), originándose así la paradoja de que el gobierno, que es público (República es igual a cosa pública, conste), esté integrado por seres enigmáticos, de antecedentes ocultos al escrutinio público. Y aunque dice el dicho: información es poder, éste es incompleto, porque la falta de información también es poder, por paradójico que parezca. En efecto: si fuera obligatorio que para acceder a cualquier puesto en el servicio público, en el que se requiera un profesionista, y siéndolo el interesado en acceder, tuviera obligación legal de acreditar fehacientemente pertenecer al colegio correspondiente, con antigüedad mayor de cinco años, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones y en ejercicio de sus derechos de asociado, así como de sus obligaciones fiscales, al igual que el colegio que lo avale (para evitar los colegios “patito” creados exprofeso para avalar candidatos), la sociedad, empezando por sus compañeros de colegio, tendría una fuente de datos segura para conocer los antecedentes del candidato, bien para conformarse con su nombramiento o para cuestionarlo, pero, si el aspirante no pertenece a colegio alguno, resulta la paradoja de que no hay quien lo avale, pero tampoco quién lo cuestione, pues nadie lo conoce, excepto quien tiene el poder de proponer al que, por sus antecedentes desconocidos, es inobjetable, pero inobjetable no por sus buenos antecedentes, sino porque nadie conoce sus malos antecedentes que pudieran impedirle el acceso al cargo, de lo que se concluye que la falta de información también es poder. Así pues, conviene modificar las leyes en lo pertinente, para obligar a los profesionistas aspirantes a ocupar cargos en el gobierno, a que acrediten su pertenencia al colegio respectivo, con todos los datos señalados precedentemente, para evitar las paradojas denunciadas y sus consecuencias: el arribo a la cosa pública, de personajes acostumbrados a las penumbras de lo privado, y los consiguientes agravios a la seguridad jurídica y personal de los ciudadanos y a la economía nacional. En conclusión: no existe contradicción alguna entre el ejercicio libre de la profesión y la colegiación obligatoria, si quienes optan por la libertad absoluta en el ejercicio profesional, se mantienen dentro de los límites de lo privado, sin acceder a los cargos públicos, porque no es válido vivir de lo público en privado, porque esto sí es contradictorio. O público o privado, pero no ambos en beneficio de lo privado y en perjuicio de lo público, que es como se ha venido acostumbrando, merced a lo cual hay tantas entidades públicas quebradas, como la Compañía de Luz y Fuerza, y sus directivos (no el sindicato, conste), libres e impunes. ¿Alguien recuerda el nombre del Director? Asunto privado.
Acapulco, Gro., a 29 de diciembre de 2010.Adrián García Fierro.

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